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miércoles, 4 de noviembre de 2015

Editorial/Amparo para la marihuana

Amparo para la marihuana 
Para los adictos de la marihuana es una de las principales noticias del año ya que México se suma de forma indirecta a amparar y autorizar el uso de la marihuana, tal como se hizo en algunos estado de Brasil, Uruguay, y varios estados de Estados Unidos, donde se ha permitido el uso de esta droga para uso medicinal, recreativo y lúdicos. En México, lo que está penalizado es la producción, reproducción y distribución. Ahora se ha convertido el sueño del expresidente    Vicente Fox que ha defendido a capa y espada la propuesta de su despenalización. 
Así la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) logra romper un hito en la historia a un tema tabú y que tras un largo pero muy largo debate previo y privado entre los miembros de este órgano judicial se procedió a las posiciones de cada uno de los integrantes y la votación por lo que los quejosos podrán sembrar cannabis para consumo personal.
Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, otorgaron a cuatro particulares, un amparo para que puedan usar marihuana con fines recreativos. 
El amparo sólo aplica para los cuatro integrantes de SMART, pero abre la posibilidad para que otras personas y asociaciones puedan solicitar el mismo amparo y se cree jurisprudencia. A lo que se sumarán miles que hacen de esta droga un producto de uso cotidiano y necesario. 
El proyecto se originó debido a que las personas citadas, solicitaron al Consejo Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) una autorización para consumir mariguana de forma regular y personal, con fines lúdicos o recreativos y realizar las actividades correlativas al autoconsumo (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y en general todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal de marihuana), en el entendido de que su petición excluía expresamente "los actos de comercio, tales como la distribución, enajenación y transferencia de la misma".
Aunque el proyecto no se refiere a una alternativa de despenalización general de las conductas relacionadas con la mariguana, únicamente se refiere a la posibilidad de autorizar a cuatro quejosos que  han solicitado un amparo para la realización de las conductas relacionadas con el uso lúdico y recreativo de la mariguana.
Las autorizaciones que se pretenden otorgar, no hacen ninguna diferencia para todos aquellos individuos que en el pasado realizaron idénticas conductas y por lo mismo se encuentran ya privado de su libertad. Tampoco, continuó el ministro, permiten la realización de las conductas señaladas por aquellas personas que no tengan el permiso de la autoridad sanitaria responsable, esto es, en términos de los efectos propuestos en el proyecto, para la autorización de las conductas indicadas, sería necesario, además de la solicitud de la autorización la obtención de un amparo por cada individuo consumidor.
La resolución no protege a la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante A.C, que formó inicialmente parte de la demanda. La Corte estableció un criterio jurídico de observancia obligatoria para juzgados y tribunales federales, además de que, de presentarse más amparos similares, se abre la puerta para que el máximo tribunal‎ emita una declaratoria de invalidez de los artículos que fueron declarados inconstitucionales. Ahora hay que estar atento como se desarrolla la aplicación del amparo y los subsecuentes que se esperan sean presentados en los próximos meses.

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