Gabriel Zendejas
Ciudad de México a 12 de marzo del 2019.- La Autoridad del Espacio Público, ahora adscrita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), deberá atender la solicitud de un particular quien requirió la entrega de una copia certificada del acta del proyecto integral de rehabilitación del corredor urbano Avenida Presidente Masarik, colonia Polanco, así lo ordenó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).
En Sesión Ordinaria, y por unanimidad de votos, las y los Comisionados Ciudadanos del INFO analizaron y resolvieron un recurso de revisión relacionado con los costos y precios de las obras de recuperación, saneamiento y modernización en la zona de Polanco, iniciados en el año 2014 y se extendieron por más de 12 meses.
A través de una solicitud de información, una persona pidió al entonces órgano desconcentrado del Gobierno de la Ciudad de México lo siguiente:
"COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE ENTRGA DE El proyecto integral de rehabilitación del corredor urbano Av. Presidente Masarik (sic) bajo la modalidad de precio alzado, ubicado en Av. Masarik (sic), entre Boulevard Adolfo López Mateos y Calzada General Mariano Escobedo, Colonia Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11550, México, D.F". (Sic)
La Autoridad del Espacio Público no emitió alguna respuesta durante el plazo de nueve días hábiles, como lo establece la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; por lo tanto, el peticionario presentó ante el INFO su inconformidad bajo el argumento de no ser atendido.
Cabe recordar que la Autoridad del Espacio Público, como órgano desconcentrado del Gobierno capitalino, quedó extinto el 31 de diciembre de 2018, por lo que sus obligaciones y disposiciones normativas fueron incorporadas a la SEDUVI.
Si bien la solicitud de información se realizó posterior a la fecha de la desincorporación, la Autoridad del Espacio Público aún se encontraba dentro del Padrón de Sujetos Obligados al cumplimiento de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Tras realizar este análisis, y en defensa del Derecho de Acceso a la Información Pública del ciudadano, el Pleno del INFO determinó que la SEDUVI como responsable de las funciones y atribuciones de la Autoridad del Espacio Público deberá atender la solicitud.
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