Rebeca Marín
El cupo total para exportar –del 1o. de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020– a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de México, es por un monto de 709,899.314 toneladas métricas valor crudo.
El cupo puede solicitarse por las plantas industriales dedicadas al procesamiento, transformación e industrialización de la caña de azúcar para la producción de azúcar (ingenios), establecidas en México.
Debe considerarse que la azúcar es la derivada de la caña de azúcar o remolacha; y por ella también se requiere contar con el permiso previo de exportación de la Secretaría de Economía (SE).
Ambas regulaciones no arancelarias se tramitan en la ventanilla de atención al público de la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) de la SE.
Y es que la a Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2017 el monto del cupo total para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de México, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, durante el periodo comprendido del 1o. de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020.
El monto anual del cupo será de 439,315.574 toneladas métricas valor crudo, por lo que la mercancía está sujeta a permiso previo de exportación.
Los ingenios o los grupos o consorcios azucareros interesados en exportar ese producto a los EUA deberán presentar las solicitudes de asignación del cupo y los permisos previos en la ventanilla de atención al público de la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) de la SE.
La DGCE resolverá los permisos en un plazo máximo de tres días hábiles, mismos que serán nominativos, intransferibles e improrrogables.
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