Nuevos Horarios para la Emisión de los CFDI 3.3

Rebeca Marín

En el mes de septiembre de este año, el SAT publicó la nueva actualización del catálogo de códigos postales, el cual se utiliza para indicar el lugar de expedición de sus comprobantes, donde se le integraría el catálogo de los Husos Horarios con el fin de que ambos conceptos concuerden.

Pero no fue hasta el 15 de octubre que el SAT liberó el catálogo de las zonas horarias, para que los desarrolladores de software de facturación electrónica iniciaran con la implementación con el motivo de incorporar los nuevos códigos postales en las reglas de validación de un CFDI antes de su timbrado.

En esta actualización se integran los husos horarios para efectos de la validación en que el tiempo de generación del comprobante y su certificación no exceda 72 horas, contenida en la fracción I de la regla 2.7.2.9., publicada en la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.

2.7.2.9. Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV del CFF, los proveedores de certificación de CFDI recibirán los comprobantes que envíen los contribuyentes, en los términos y mediante los procedimientos tecnológicos establecidos en el Anexo 20 que se publiquen en el Portal del SAT en la sección de "Factura Electrónica".

Para que un comprobante sea certificado y se le asigne un folio, adicionalmente a lo que establece el artículo 29, segundo párrafo, fracción IV, inciso a) del CFF, los proveedores de certificación de CFDI validarán que el documento cumpla con lo siguiente:

Se validará el comprobante en la información de uso del huso horario correspondiente al Código Postal registrado en el campo Lugar Expedición, conforme al catálogo "c_CodigoPostal" del Anexo 20. 

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