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martes, 7 de abril de 2020

Ruta Financiera/ Lino Calderón/ Temporada de Zopilotes III/ Empresa gana amparo para no pagar impuestos, ya investigada por la UIF

Ruta Financiera
Lino Calderón
Temporada de Zopilotes III
Empresa de abogados gana amparo para no pagar impuestos,  es investigada por la UIF

Luego de lo que se sospecha un importante soborno por una empresa de abogados, un secretario del Juzgado Tercero de Distrito de San Luis Potosí, en funciones de juez, ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador pronunciarse con resoluciones de caracter general en cuanto a condonar, eximir o diferir el pago de impuestos a quienes estén sufriendo afectaciones debido a la pandemia por Covid-19.
La determinación surgió luego de que se interpusiera un amparo por parte de la empresa Cano Soto y Asociados S.A. de C.V. por la omisión del representante del Ejecutivo y de otras autoridades federales en aplicar el artículo 39 del Códifo Fiscal de la Federación (CFF), con lo que esta empresa no pagaría impuestos durante un periodo de nueve meses aunque reporte ingresos despues de la contingencia sanitaria.
Luego de conocerse este hecho la presidencia de la República ordenó investigar a esta empresa donde se ha filtrado desde la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que esta empresa ha eludido pagar impuestos en los últimos cinco años y cuenta con suficientes recursos para pagar su carga impositiva de acuerdo a actividad jurídica.
Sin embargo la presidencia de la República ha ordenado a su área juridica atender el amparo otorgado en San Luis Potosí y en su caso impugnar el caso incluso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La empresa de abogados que gano el amparo Cano Soto y Asociados SA de CV, localizada en San Luis Potosí, la cual, presentó ante el Poder Judicial de la Federación un recurso de amparo directo 293/2020 en contra de actos del Presidente de México y demás autoridades en consecuencia.
Y de conformidad con la Ley de Amparo en sus artículos 125 y 126, donde "se pide hacer valido lo que establece el artículo 39 del Código Fiscal dela Federación" y a lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dado la razón, de acuerdo con la resolución emitida el pasado 3 de abril.
Y es que según el documento "se ha decretado el no pago ante la contingencia del coronavirus y que se permita la realización de los mismos diferidos o en parcialidades al término de la misma".
También se explica que esto ocurre atendiendo lo que dicta el artículo 39 ya mencionado, en el sentido de "emitir resoluciones relacionadas con las acciones de condonar total o parcialmente el pago de contribuciones... cuando se haya afectado o trate de impedir que afecte la situación de algún lugar o rama de actividad... así como en casos de catástrofes sufridas por plagas o epidemias...".
Cabe mencionar que este hecho se da en un contexto en donde el presidente Andrés Manuel López Obrador se ha mostrado tajante y dando negativas al sector privado sobre las peticiones que han hecho de apoyo en materia fiscal, ante el impacto que tiene actualmente la crisis de salud en sus compañías.
Se espera que lo ocurrido con Cano Soto y Asociados pueda ser un parteaguas para que más empresas busquen promover recursos legales con este mismo fin a a nivel nacional, afectando a todo el país. linocalderon2020@gmail.com

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