Rebeca Marín
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dar a conocer la autorización provisional que entregó para la construcción del Tramo 5 del Tren Maya, así como los documentos relacionados con el cambio de uso de suelo.
"Este recurso de revisión está relacionado con información relativa a las modificaciones del Tramo 5 del Tren Maya, en Playa del Carmen, que ha sufrido al menos siete ajustes desde que presentaron el proyecto original", cuya inversión inicial era de 120 mil millones de pesos, explicó la comisionada Norma Julieta del Río Venegas al explicar el proyecto.
Como se dio a conocer que el abogado y defensor de derechos humanos, Francisco Javier Torres Landa, acusó que existe una inacción por parte de autoridades como la Semarnat y la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa) para investigar diversos delitos ambientales cometidos en torno a la construcción del Tren Maya, lo que podría hacerlos "responsables administrativa y penalmente por (el delito de) omisión".
En específico señaló que existe una grave violación al artículo 97 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable que dice que cuando hay un proceso de autorización para cambio de uso de suelo "en ningún caso se podría dar esa autorización si es que la pérdida de cobertura forestal fue resultado de, entre otras cosas, tala o desmonte".
Por ello explicó que las impugnaciones que las autoridades han realizado sobre el freno a la construcción del Tramo 5 del Tren Maya, como la que se dio a conocer a inicios de semana por parte del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), no podrían aplicarse, pues la ley señala que cuando el cambio de cobertura forestal se dé por estas condiciones deben pasar 20 años.
La resolución del Inai de esta semana se da en respuesta a una queja interpuesta por un ciudadano, el cual solicitó a la Semarnat el resolutivo de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) del Tren Maya en el Tramo 5, necesaria para todos los proyectos ejecutivos del Gobierno, así como el cambio de uso de suelo y el documento mediante el cual fue otorgada la autorización para el cambio de ruta.
En respuesta la Semarnat informó, de manera extemporánea, que no contaba con el resolutivo de la MIA, solo identificó una solicitud de autorización provisional ingresada por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo Tren Maya, S.A. de C.V; mientras que sobre el cambio de uso de suelo indicó que se encuentra fuera de su competencia y apuntó que no tiene autorizaciones para el cambio de ruta.
Por ello, luego de los procedimientos legales, el Inai determinó que la Unidad de Transparencia omitió turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes que pudieran conocer del asunto.
Por lo anterior le ordenó a la Semarnat realizar una búsqueda amplia y exhaustiva, a través de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, para proporcionar el oficio de la autorización provisional respecto al Tramo 5 y a la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos para que busque y entregue las documentales que evidencien el otorgamiento de cambio de uso de suelo en el mismo tramo.
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