Martín Aguilar
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió inaplicar, es decir, rechazar el artículo 17 transitorio que tenía como objetivo destituir a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), al convenir que los legisladores no podían "invadir" la autonomía del órgano colegiado.
"En este proyecto de fondo, que someto a su consideración, propongo la inaplicación del artículo transitorio décimo séptimo del decreto por el que se reforman, se derogan y adicionan diversas disposiciones electorales"
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El proyecto fue presentado por la magistrada de la Sala Superior, Janine M. Otálora Malassis, durante la sesión pública de este 22 de marzo del 2023, en el cual explicó que, a su consideración, debería de ser inaplicable dicho artículo, declaración que dividió al pleno entre los que consideraron que el Congreso de la Unión actuó fuera de sus límites, mientras que otros explicaron que la situación debía ser desechada.
Los primeros explicaron que, desde su perspectiva y conocimiento, ambas cámaras legislativas habrían rebasado sus facultades al establecer una norma en el artículo 17 transitorio, pues no tendrían competencia para intervenir en la designación del secretario ejecutivo del INE, ya que esto solo le corresponde al órgano colegiado.
"No advierto que la autoridad electoral recienta un perjuicio en su esfera jurídica ni que se obstaculicen las funciones que constitucionalmente tienen encomiendas, pues pueden nombrar a quien ellos deciden"
Por otro lado, los segundos, explicaron que no había interés jurídico por parte del INE, por lo que el asunto debería de ser desechado, como ya había ocurrido en otras sesiones donde se había abordado temáticas sobre la reforma a las leyes secundarias en materia electoral.
"La autonomía constitucional con la que cuenta el Instituto Nacional Electoral busca evitar la injerencia o presión de agentes externos o la intromisión de los poderes constituidos que pudieran poner en riesgo su operación y el cumplimiento de sus funciones", explicó la magistrada Janine.
En la sesión se presentó la ausencia del magistrado Felipe Fuentes, por lo que la votación quedó empatada a tres, pues Indalfer Infante, Mónica Aralí Soto y José Luis Vargas votaron en contra, mientras que Felipe de la Mata, Janine Otálora y Reyes Rodríguez lo hicieron a favor; para salir del desempate emitió su voto de calidad el magistrado presidente con lo que el proyecto pasó y Edmundo Jacobo Molina podrá seguir en su cargo.
Tras la "inaplicación" del artículo del Plan B, el TEPJF ordenó informar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación "para los efectos que en derecho proceda sobre la inaplicación del referido artículo".
Fue el pasado lunes 13 de marzo cuando Jacobo Molina se reincorporó a las actividades del Consejo General del INE, luego de haber obtenido una suspensión provisional por parte de la jueza Blanca Lobo Domínguez, pues conviene recordar que tras la publicación del Plan B del Diario Oficial de la Federación (DOF) tuvo que dejar su puesto.
Lo anterior llevó al pleno del INE a nombrar de entre sus directores ejecutivos a un encargado del despacho, por lo que desde el 3 de marzo se había nombrado a Roberto Heycher Cardiel como la persona que se haría cargo de las actividades de la oficina que Edmundo Jacobo coordinaba.
No obstante, al acudir a las instancias judiciales tanto el funcionario como la autoridad electoral, se obtuvo un la suspensión que permitió que retornara el secretario ejecutivo, situación que fue celebrada al interior del instituto pues consideraron que se había ganado una primera partida en contra de las modificaciones.
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