Martín Aguilar
Nashieli Ramírez Hernández, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), especificó que es común que el enfoque punitivista no dé resultados positivos, dejando en claro que incrementar los tipos penales en busca de disminuir la impunidad, garantizar justicia o reparar a las víctimas, sin que esto se acompañe de políticas públicas, mecanismos de exigencia y modificaciones a otras leyes, no garantiza la seguridad humana.
Sostuvo que el punitivismo se caracteriza por el uso principal del derecho penal de actor; sanciones excesivas o desproporcionadas; uso mayoritario de la privación de la libertad sin implementar alternativas pertinentes; falta de medidas como la justicia restaurativa, así como la incompatibilidad de disposiciones penales con el catálogo de derechos humanos vigente desde 2011, y la implementación de tipos penales que duplican conductas ya tipificadas, lo que deriva en resultados regresivos.
En la impartición de la conferencia "Más allá del derecho penal, para garantizar los derechos humanos", organizada por el Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso de la Ciudad de México, la responsable de la CDHCM destacó que el trabajo del órgano deliberativo es esencial para cumplir con lo mandatado en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a las obligaciones de respeto, garantía, promoción y protección de los derechos humanos, contribuyendo a la evolución del sistema jurídico.
"En diversas materias jurídicas, con frecuencia el derecho penal es utilizado como primera y única opción para inhibir conductas que lesionan los principales bienes jurídicos en una sociedad; recurriendo a una mirada punitivista lejana a los fines del derecho penal desde 2008, año en que se reformó este sistema jurídico", delineó.
Nashieli Ramírez puntualizó que, entre las cuestiones negativas ubicadas en estos planteamientos, está la modificación de porciones normativas sin el suficiente análisis, la contraposición con el contenido de derechos humanos establecidos en los instrumentos que componen el bloque de constitucionalidad, y la dificultad de emplear el enfoque diferencial y análisis interseccional.
Expuso algunos resultados del análisis realizado a dos mil 367 iniciativas legislativas presentadas de 2001 a la fecha, en las que se identificó que un 10 por ciento buscaron proteger los derechos humanos mediante un enfoque punitivista sin obtener resultados positivos.
Refirió ejemplos de modificaciones legislativas en materia penal asociadas a fallas estructurales identificadas en otro campo que pueden alcanzar el objetivo de la protección desde otro enfoque.
Acotó que hay casos que podían resolverse con promotores de justicia capacitados en instrumentos metodológicos, como el enfoque de género.
Consideró que es necesario conocer la función del discurso punitivo como productor y reproductor de formas que influyen en todo el orden social y en la persona; por lo que se debe legislar para transformar la visión punitiva en una visión protectora. "La legislación debe ser un elemento vivo del diálogo democrático para la progresividad de los derechos".
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