La Reforma Judicial
Rodrigo Zerón De Quevedo*
El Constituyente permanente aprobó modificar el proceso para designar a las personas juzgadoras (ministros y ministras, magistrados y magistradas y jueces y juezas) que integran el Poder Judicial de la Federación.
Esta determinación soberana partió de la identificación de graves problemáticas que aquejan a dicho Poder constituido; y condujo a la intención final de democratizarlo.
Pero ¿qué debemos entender por democratizar al Poder Judicial de la Federación?, ¿esta finalidad se alcanza con la elección directa de sus integrantes?, ¿las problemáticas que diagnosticó el Constituyente permanente se abaten sólo con la citada elección directa?
En estas cuestiones y otras más debemos reflexionar cuando participemos activamente en este proceso de renovación cuya jornada electoral será el 1 de junio próximo.
Se habla de un Poder Judicial distante del pueblo, del que desconoce su funcionamiento, es decir, su quehacer diario y más grave aún, que no percibe qué beneficio le generan sus actuaciones, advirtiendo más bien que provoca gastos injustificados, además de presumir una supuesta corrupción generalizada y percibir prácticas de nepotismo insostenible.
¿Cómo remediar un diagnóstico tan grave? Grave porque incide en uno de los Poderes del Estado instituido con un indiscutible peso específico; a él se encomienda la protección de los derechos fundamentales.
La primera decisión del Constituyente Permanente ha tenido la intención de acercar el Poder Judicial de la Federación al pueblo, determinar que sus integrantes sean electos de manera directa por la ciudadanía.
¿Qué se logra con esta decisión? En un primer momento poner bajo escrutinio público a un Poder del Estado que por años se percibió como "obscuro", que se limitó a actuar al interior de los tribunales bajo el principio de que su legitimidad la alcanza a través de sus fallos.
Los clásicos así lo apuntan: el Poder Judicial habla mediante sus sentencias, se legitima por sus resoluciones; máximas que fueron insostenibles en sociedades como la mexicana que ha padecido escenarios de impunidad en perjuicio de los sectores sociales más vulnerables.
Ante la premisa de que los juzgadores se legitiman solo en sus fallos; el Poder Constituyente decidió que es necesario que 1) la ciudadanía conozca a las personas que desempeñarán la función extremadamente delicada de erigirse como guardianes de la Constitución, 2) que efectivamente velen por proteger sus derechos fundamentales de manera autónoma e independiente; 3) que se identifiquen los mejores perfiles comprometidos con la noble función que se les encomienda y 4) que se ejerzan sobre ellos los controles necesarios, esto es, que se sometan al escrutinio público con la finalidad de verificar que desempeñan su labor conforme a las máximas que contempla nuestra Carta Magna.
*Rodrigo Zerón De Quevedo es Magistrado del 8º Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y profesor en el posgrado en Amparo Penal del INACIPE
X: @rodrigo_zeron
FB: Rodrigo Zeron de Quevedo
Insta: rodrigozeron
Rodrigo Zerón De Quevedo*
El Constituyente permanente aprobó modificar el proceso para designar a las personas juzgadoras (ministros y ministras, magistrados y magistradas y jueces y juezas) que integran el Poder Judicial de la Federación.
Esta determinación soberana partió de la identificación de graves problemáticas que aquejan a dicho Poder constituido; y condujo a la intención final de democratizarlo.
Pero ¿qué debemos entender por democratizar al Poder Judicial de la Federación?, ¿esta finalidad se alcanza con la elección directa de sus integrantes?, ¿las problemáticas que diagnosticó el Constituyente permanente se abaten sólo con la citada elección directa?
En estas cuestiones y otras más debemos reflexionar cuando participemos activamente en este proceso de renovación cuya jornada electoral será el 1 de junio próximo.
Se habla de un Poder Judicial distante del pueblo, del que desconoce su funcionamiento, es decir, su quehacer diario y más grave aún, que no percibe qué beneficio le generan sus actuaciones, advirtiendo más bien que provoca gastos injustificados, además de presumir una supuesta corrupción generalizada y percibir prácticas de nepotismo insostenible.
¿Cómo remediar un diagnóstico tan grave? Grave porque incide en uno de los Poderes del Estado instituido con un indiscutible peso específico; a él se encomienda la protección de los derechos fundamentales.
La primera decisión del Constituyente Permanente ha tenido la intención de acercar el Poder Judicial de la Federación al pueblo, determinar que sus integrantes sean electos de manera directa por la ciudadanía.
¿Qué se logra con esta decisión? En un primer momento poner bajo escrutinio público a un Poder del Estado que por años se percibió como "obscuro", que se limitó a actuar al interior de los tribunales bajo el principio de que su legitimidad la alcanza a través de sus fallos.
Los clásicos así lo apuntan: el Poder Judicial habla mediante sus sentencias, se legitima por sus resoluciones; máximas que fueron insostenibles en sociedades como la mexicana que ha padecido escenarios de impunidad en perjuicio de los sectores sociales más vulnerables.
Ante la premisa de que los juzgadores se legitiman solo en sus fallos; el Poder Constituyente decidió que es necesario que 1) la ciudadanía conozca a las personas que desempeñarán la función extremadamente delicada de erigirse como guardianes de la Constitución, 2) que efectivamente velen por proteger sus derechos fundamentales de manera autónoma e independiente; 3) que se identifiquen los mejores perfiles comprometidos con la noble función que se les encomienda y 4) que se ejerzan sobre ellos los controles necesarios, esto es, que se sometan al escrutinio público con la finalidad de verificar que desempeñan su labor conforme a las máximas que contempla nuestra Carta Magna.
*Rodrigo Zerón De Quevedo es Magistrado del 8º Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y profesor en el posgrado en Amparo Penal del INACIPE
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