CNDH exige reparación del daño para víctima de violencia obstétrica en un hospital del IMSS

Rebeca Marín

Al investigar una queja por irregularidades en la atención otorgada a una mujer al término de su embarazo, en un hospital perteneciente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en la Ciudad de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) constató actos de violencia obstétrica que, comprometieron la salud del producto de la gestación que derivaron en su lamentable fallecimiento, según consta en la Recomendación 41/2025 emitida por este organismo nacional.

 

El organismo señaló que la víctima, quien cursaba la semana 41 de su embarazo, acudió el 9 de enero del 2024 al Hospital de Ginecopediatría número 3A del IMSS, para recibir atención médica. Al día siguiente un familiar recibió la información de que el producto de la gestación había nacido con daño neurológico, falleciendo días después, por lo que este organismo nacional inició una investigación por presuntas violaciones a derechos humanos de ambas personas.

 

En primer lugar, se ordenó el ingreso de la víctima al servicio de Tococirugía aun cuando no se encontraba en trabajo de parto; en segundo lugar, el expediente clínico no contiene evidencia alguna de que se le haya brindado vigilancia estrecha por parte del personal de Ginecoobstetricia desde las 20:30 a las 01:03 horas.

 

Lo que significa que aproximadamente durante cuatro horas y media no recibió cuidado, vigilancia y valoración; además de que el médico tratante omitió practicarle un ultrasonido obstétrico, mismo que está indicado en la evaluación durante el inicio del trabajo de parto.

 

La inadecuada atención proporcionada a la paciente, por el retraso en la aplicación de la cesárea, afectó gravemente la salud del producto de la gestación, quien experimentó sufrimiento fetal agudo y asfixia severa, requiriendo maniobras de resucitación cardiopulmonar avanzada e intubación para ventilación mecánica, a pesar de lo cual su salud se agravó, falleciendo días después.

 

Cabe destacar que las omisiones del personal médico configuraron violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de la paciente; así como a la vida y al Interés Superior de la Niñez de la persona recién nacida; sin olvidar el hecho de que la deficiente integración del expediente clínico constituyó afectaciones al derecho de acceso a la información en materia de salud.

 

Por los hechos descritos, la Dirección General del IMSS deberá efectuar los trámites necesarios para reparar integralmente el daño causado a las personas víctimas y proporcionarles atención psicológica y/o tanatológica, de manera gratuita, inmediata y en condiciones que sean accesibles para ellas, hasta que alcancen el máximo beneficio en su salud.

 

También colaborará en la investigación que para deslindar responsabilidades inicie esta Comisión Nacional ante el Órgano Interno de Control de ese Instituto de salud; impartir en el plazo de seis meses, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, un curso en materia de derechos humanos al personal médico del área de Tococirugía en el citado hospital, mismo que deberá ser efectivo para evitar situaciones similares. Por último, debe exhortar a las personas servidoras públicas que ahí laboran para que satisfagan los manejos médicos conforme a la legislación nacional e internacional vigente.

 

Igualmente, de exigir la reparación integral del daño al que toda víctima de violaciones a derechos humanos tiene derecho, las recomendaciones emitidas por la CNDH en materia de salud constituyen una poderosa herramienta para que las instancias que proporcionan servicios de salud al pueblo de México realicen sus actividades observando plenamente las Normas Oficiales Mexicanas en la materia.

 

Respecto a la recomendación 41/2025 emitida por la CNDH, la Coordinación de Atención a Quejas y Casos Especiales del IMSS, en una tarjeta informativa dio a conocer que la institución recibió la recomendación por hechos registrados el mes de enero de 2024 y refrenda su disposición de cooperar con los propósitos del Órgano garante de los derechos humanos.

 

El Seguro Social informa que se encuentra dentro del plazo que establece la ley para dar cumplimiento a dicha recomendación. 


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